Sobre Legalidad y Legitimidad: Una aproximación al tema de la reelección presidencial en Honduras.

En la entrada de este blog, relativa a que lo que es, es, un amigo me hizo un comentario con relación a la reelección. Me manifestó que el artículo 239 de la Constitución de la República prohíbe la reelección presidencial en Honduras y el artículo 374 de la misma Constitución declara irreformable esa prohibición. Por tanto, concluye, no debe preguntársele al soberano, puesto que ya la Constitución se pronuncia al respecto, prohibiéndola y además prohibiendo su reforma.

Trateremos de ahondar sobre este tema, basándome en dos conceptos: legalidad y legitimidad.  

El Diccionario Panhispánico del Español Jurídico, publicado en 2017 por la Real Academia Española, la Cumbre Judicial Iberoamericana y el Consejo del Poder Judicial, define la voz Legal como adecuado o conforme a la ley.

Asimismo defina la voz Legítimo como adecuado a los principios y valores del ordenamiento jurídico.

Podemos observar que el término legítimo alude a la conformidad con todo el “ordenamiento jurídico”, el cual incluye no solo la ley, si no los principios que lo inspiran.

Concretamente, desde un punto de vista de legalidad, el artículo 239 constitucional prohibe la reelección y el artículo 374 prohibe su reforma. ¿Pero, fue legítima esa prohibición?

El artículo 2 de la Constitución de la República expresa que “la soberanía corresponde al prueblo …”

Cabe preguntarse en este punto: ¿Tenía mayor soberanía el pueblo de 1982 que el del 2019? ¿Tenemos más soberanía en el 2019 que la que tendrá el pueblo de 2040? La respuesta es un rotundo NO. La soberanía del pueblo en un momento de la historia de la República es igual a la de cualquier otro momento. Por consiguiente, cuando el constituyente de 1982 prohibió la reforma de artículos constitucionales (artículos pétreos) pretendió socavar y disminuir la soberanía del pueblo en el futuro.

Hoy somos nosotros ese futuro. Nosotros somos los que tenemos derecho a decidir si queremos o no reelección. No los magistrados de la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, que suplantaron la voluntad popular, sin tener derecho a ello. No tenían competencia para decidir la reforma constitucional.

Es a través de la consulta directa al pueblo que se debe decidir si la reelección va. Eso es lo legítimo. El problema es que los políticos le temen a esa consulta. Temen perder. Los que están a favor de la reelección, temen que el pueblo diga no. Los que están en contra, temen que el pueblo diga sí.

Yo, en lo particular, estoy en contra de la reelección en Honduras. Al menos de la reelección continua. ¿Por qué? Porque la historia de Honduras nos ha demostrado que en ese afán de mantenerse en el poder comienzan a malgastar el dinero que los contribuyentes damos para el sostenimiento de la nación y comienzan a creerse dueños del país. Comienzan a creerse nuestros amos, no mandatarios.

Pero si la mayoría del pueblo decide otra cosa, estoy dispuesto a aceptar esa voluntad popular. Esa es la democracia. Eso es lo que debemos aprender para vivir en paz.

Publicado por Carlos Fortín Lardizábal

Soy Abogado hondureño, con maestría en Derecho Mercantil y en Argumentación Jurídica

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4 comentarios

  1. Defender su Derecho opinar, pero no la comparto.

    La ley es clara así como lo es la no ejecución de la pena de muerte,
    Y aunque muchos la quisieran no es posible aplicarla ni se debe dar marcha atrás en su posible abolición

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  2. De acuerdo con lo ilegítimo de La Constituyente. Me parece que tema de La Reelección queda en el aire. Se abre la interrogante del parecer personal y de la posibilidad de existir diferentes variantes de reelección, pero no hay repuestas que aporten a la legitimidad o legalidad de una posición.

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  3. Muy interesante articulo!. Es lamentable todo lo que hace la fuerza política del país para mantenerse en el poder. Yo me pregunto: como ciudadanos qué podemos hacer para detener esto?.
    Gracias por la reflexión!

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